El fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, presentó de manera formal su excusa para apartarse de la investigación sobre posibles «crímenes de lesa humanidad» en Venezuela, cumpliendo así por lo solicitado por la Sala de Apelaciones.
En un escrito remitido por Khan a La Haya, con fecha del 18 agosto, el fiscal expresó su desacuerdo con la interpretación de los jueves de apelación, que el primer día del mes, comunicaron que existían «motivos razonables para creer» que incurrió en un conflicto de intereses.
A pesar de su inconformidad, precisó en el texto que acata plenamente la decisión de desligarse de la investigación. Ahora, este caso quedará bajo responsabilidad del vicefiscal Mame Mandiaye Niang.
«El fiscal respeta la facultad de la Sala de Apelaciones para decidir sobre cuestiones, incluida la existencia de motivos para creer que existe una causal de recusación del fiscal. En consecuencia, en pleno cumplimiento de la decisión de la Segunda Sala de Apelaciones, y antes del plazo allí estipulado, el fiscal solicita respetuosamente a la Presidencia que lo exima de la situación en Venezuela I», señala el texto.
En ese sentido, dijo que, a pesar de discrepar «respetuosamente con el razonamiento de la decisión de la Segunda Sala de Apelaciones y el proceso adoptado en este asunto, el fiscal se atiene plenamente a la decisión al solicitar la autorización de la Presidencia para recusarse del caso Venezuela I a la luz de dicha decisión».
Khan además está fuera de su cargo como fiscal temporalmente mientras enfrenta un proceso por presunto acoso sexual.
En contexto
El pasado primero de agosto, la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) ordenó al fiscal Karim Khan alejarse de la investigación sobre presuntos «crímenes de lesa humanidad en Venezuela», tras encontrar «motivos suficientes para cuestionar su imparcialidad».
Según el documento oficial, el organismo determinó que existe «razón para creer que existen causales de descalificación del fiscal», basándose en sus vínculos personales y profesionales con la abogada Venkateswari Alagendra, quien forma parte del equipo de defensa del gobierno venezolano ante la CPI.
El fallo detalla que Khan «mantiene una relación de parentesco con Alagendra, siendo su cuñado, y que anteriormente trabajaron juntos en casos internacionales, específicamente en el caso Ruto de 2013, donde él fungió como su superior directo».
La Sala consideró que esta «colaboración profesional documentada y dinámica jerárquica establecida», sumada al vínculo familiar, generan lo que el documento describe como una «apariencia de parcialidad» que compromete la integridad del proceso.
En sus argumentos, la CPI señaló que «un observador imparcial e informado razonablemente percibiría riesgo de sesgo», aplicando estrictamente los estándares del Estatuto de Roma. El tribunal destacó que Khan estaba al tanto desde febrero de 2024 de la participación de Alagendra en la defensa de Venezuela, pero «no tomó medidas para salvaguardar su imparcialidad, incluso después de recibir una advertencia explícita en febrero de 2025».
Con información de El Cooperante
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