La Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos anunció este lunes una política de supervisión que exime de acciones sancionatorias a las instituciones financieras estadounidenses que presten servicios financieros autorizados en Venezuela, en el marco de los esfuerzos por apoyar la recuperación económica del país y la asistencia tras los terremotos del 24 de junio.
Según el documento, el compromiso estará vigente desde el 27 de julio de 2026 hasta el 29 de enero de 2027.
FinCEN no tomará acciones de supervisión ni legales contra instituciones financieras estadounidenses por brindar servicios financieros autorizados en Venezuela para ayudar al país a recuperarse de los recientes terremotos, que el mes pasado dejaron más de 5.000 muertos y causaron miles de millones de dólares en daños, según informó la agencia.
El comunicado fue emitido tras consultas con el IRS y con el personal de la Junta de Gobernadores del Sistema de la Reserva Federal, la Corporación Federal de Seguro de Depósitos (FDIC), la Administración Nacional de Cooperativas de Crédito y la Oficina del Contralor de la Moneda.
FinCEN reconoció que, al apoyar la recuperación económica y los esfuerzos de asistencia tras el sismo, las instituciones financieras estadounidenses pueden enfrentar dificultades para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones bajo la Ley de Secreto Bancario (BSA), la Ley Patriota y otras normativas relacionadas.
Por ello, la agencia se comprometió formalmente a «no tomar ninguna medida de supervisión, incluyendo citar una violación de la ley, ni emprender ninguna acción de cumplimiento contra ninguna institución financiera estadounidense» como resultado de la prestación de servicios financieros autorizados en el país.
La medida aplicará a los servicios financieros que las entidades estadounidenses presten a personas o empresas en Venezuela, siempre que las instituciones mantengan programas de cumplimiento acordes con la Ley de Secreto Bancario, no hayan sido objeto de acciones regulatorias definitivas por violaciones de esa normativa en los últimos 24 meses y continúen realizando esfuerzos razonables para cumplir con la ley.
La disposición está vinculada con las autorizaciones emitidas previamente por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), también adscrita al Tesoro, entre ellas las Licencias Generales 57 y 60, que permiten determinadas actividades relacionadas con la recuperación económica y los esfuerzos de asistencia tras la emergencia sísmica.
La Licencia General 60 (GL 60), emitida un día después del sismo del 24 de junio, autoriza todas las transacciones relacionadas con esfuerzos de ayuda tras el terremoto que de otro modo estarían prohibidas bajo el Reglamento de Sanciones a Venezuela, y estará vigente hasta las 12:01 a.m. (hora del este de EEUU) del 23 de octubre de 2026.
Esta licencia amplía autorizaciones humanitarias previas y busca garantizar que las sanciones no bloqueen la asistencia vital ante el desastre.
Por su parte, la Licencia General 57, emitida el 14 de abril de 2026, autoriza transacciones de servicios financieros que involucran a determinados bancos venezolanos y a personas del Gobierno de Venezuela.
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