El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) emitió un comunicado oficial en su cuenta de Instagram dirigido a los operadores de transporte de carga, anunciando una restricción de circulación que entrará en vigor el próximo lunes 30 de marzo a partir de la 1:00 a. m.
La medida, diseñada para garantizar la seguridad vial de los temporadistas, se extenderá hasta el lunes 06 de abril a la 1:00 a. m.
De acuerdo con el documento, la prohibición aplica para todos los vehículos cuya carga sea superior a los 3.500 kg.
Excepciones a la medida
El organismo aclaró que ciertos rubros estratégicos quedan exentos de esta restricción para no afectar el suministro básico en el país.
Los vehículos autorizados para circular son aquellos que transporten:
- Alimentos: Productos perecederos, no perecederos y sus materias primas.
- Salud y Servicios: Medicinas de corta duración, oxígeno (gases o líquidos), dióxido de carbono (hielo seco) y desechos sólidos domiciliarios.
- Combustible y Gas: Gas de uso doméstico y combustibles destinados a estaciones de servicio.
- Emergencias: Vehículos de asistencia vial, policiales, militares y de telecomunicaciones para la defensa de la Nación.
- Agua: Agua potable y químicos necesarios para su potabilización.
El INTT exhortó a los transportistas a tomar las previsiones necesarias y cumplir estrictamente con los horarios establecidos.

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